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Antiguo 16-02-2010, 19:31:08   #1
agus_tyn
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Feb 2010
Mensajes: 2
Predeterminado Se puede poner en tu propio coche un papel pegado a los vidrios de k se vende

Hola a todos kisiera saber si yo pongo un papel informando de k vendo mi coche a los cristales traseros, si eso es objetivo de denuncia??? me suena algo de que si peor no lo se seguro y me gustaria saberlo!!!!
1 Saludo y Gracias!!!
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Antiguo 17-02-2010, 10:07:54   #2
thomas
Senior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2009
Mensajes: 199
Predeterminado

Sinceramente estimado forero, me has quedado perplejo. El derecho de propiedad, aunque bien es cierto que está marcado por la función social del mismo como reconoce la Constitución, otorga el propietario todas las facultades de disfrute, uso y disposición sobre la cosa, SIN QUE PUEDA POR ELLO SER OBJETO DE SANCIÓN ALGUNA.

Colocar un "cartelito" en tu coche anunciando que lo pones en venta, es una manifestación de la facultad de disposición que tienes sobre él y por tanto no está sancionada.

Te diría que puedes hacerlo con total libertad, seguridad y derecho, no se me ocurre ningún motivo de sanción por este hecho.

A lo mejor, en tu ciudad o pueblo, exista alguna reglamentación que ordene la venta de vehículos o sea una cuestión de estética urbana o algo así. Podrían ir las cosas por ahí. Si es así, puedes denunciarlo porque no tiene fundamento ni sentido alguno.
thomas is offline   Responder Con Cita
Antiguo 17-02-2010, 18:35:59   #3
agus_tyn
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Feb 2010
Mensajes: 2
Predeterminado

Soy de barcelona y simplemente me lo an comentado varias personas y no me lo creia pero se lo e preguntado a 1 guardia urbano y me dijo k si que era sancion.... peor vaya eske no me lo acabo de creer es mas me dijo k la sancion llegaba a 600€!!!!
No hay ningun telefono de informacion k te diga si SI o si NO
agus_tyn is offline   Responder Con Cita
Antiguo 17-02-2010, 19:20:23   #4
thomas
Senior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2009
Mensajes: 199
Predeterminado

Si te lo ha confirmado un guardia urbano, entonces llama al Ayto para que te confirmen la existencia de esta infracción y si no es allí, ponte en contacto con la Consellería de la Generalitat que sea competente en esta materia.

La verdad me quedas sorprendido, ya que esta tipificación administrativa es claramente contraria al derecho a la propiedad privada consagrado constitucionalmente. Se puede combatir la ilegalidad de esta infracción tanto desde un punto vista formal como material.

1-FORMAL

Al afectar al derecho a la propiedad, debe estar regulada por LEY en sentido estricto y no por una norma reglamentaria como puede ser cualquier bando u ordenanza que emane del Ayto de Barcelona. Y me temo que la infracción pueda estar tipificada en una norma así.

2-MATERIAL

Es claramente atentorio contra el derecho real de propiedad, cualquier limitación del mismo que no esté fundado en razones de utilidad pública o privada. Eliminando a las segundas que hacen referencia a derechos de adquisición preferente o relaciones de vecindad y quedándonos con las primeras, éstas afectan al interés de la salubridad o el ornato público, la defensa nacional, el medio ambiente o el patrimonio histórico cultural.

No imagino cuál puede ser la razón perseguida en este caso, para motivar jurídicamente y con solidez, la limitación del dominio. Por eso te comentaba que la ILEGALIDAD DE LA SANCIÓN PUEDE COMBATIRSE TAMBIÉN DESDE ESTE PUNTO DE VISTA.

Gracias por tu consulta porque nos ha servido a los que formamos este foro para conocer un ejemplo más de arbitrariedad de los poderes públicos o quizá un ejemplo de desviación de poder (se persiga solamente un fin recaudatorio con el ejercicio de la potestad sancionadora, razón también para defender administrativa y judicialmente la ilegalidad de esta infracción).
thomas is offline   Responder Con Cita
Antiguo 23-02-2010, 15:02:18   #5
d.lucas
Senior Member
 
Fecha de Ingreso: Feb 2010
Mensajes: 214
Predeterminado

exacto, todo depende de la zona en que vivas.
es el ayuntamiento el que por medio de las normativas(a efectos internos) determina su sanción.
en Madrid está sancionado.... la vulneración del derecho de propiedad está, como dice nuestro estimado thomas, vulnerada, pero es muy común esas vulneraciones en nuestro derecho(por ejemplo: expropiaciones, retirada de vehiculos por PRESUNCIÓN de abandono por los agentes verdes, prohibiciones de no fumar en el negocio que un comerciante libremente y sin ayudas a montado....etcx...). Constantemente se nos vulneran derechos, y sería bueno tal como te han comentado, que al menos formularas queja formal(si es el caso) ante el ayto.

sin más.....
un saludo
d.lucas is offline   Responder Con Cita
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