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Antiguo 28-02-2010, 20:02:29   #1
veronic
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Feb 2010
Mensajes: 1
Predeterminado que derechos tengo sobre una propiedad

hola! nesecito por favor que alguien me oriente un poco.
al casarme decidimos edificar arriba de la casa de mi suegra,la cual todabia no estaba escriturada su casa ,mis suegro tienen dos hijos,mi esposo y cuñada.
mi cuñada edifico su casa en la parte de atras del terreno de mi suegra, este inmueble supuestamente al escriturarse se iba a poner a nombre de sus dos hijos. pasado el tiempo,ellos escrituran y ponen el inmueble como bien de familia.
ahora bien mis suegros estan mal de salud. y mi cuñada me recalca que esta todo como bien de familia y no me corresponde nada,si a mis hijos. entonces quiero saber si tengo yo derecho a reclamar mi casa que con tanto sacrificio construimos junto a mi esposo(en caso de fallecimientos).
como seria la separacion del inmueble ya que en el terreno esta la casa de mi suegra,arriba la mia y atras la de mi cuñada.
les agradesco mucho
veronic is offline   Responder Con Cita
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Antiguo 01-03-2010, 11:32:49   #2
thomas
Senior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2009
Mensajes: 199
Predeterminado

Al estar inscrito en el Registro el conjunto como un bien de la familia, hay que icoar un expediente de dominio y segregar las distintas propiedades que forman parte del todo. De manera que conste en el Registro tres propiedades distintas: la de tu suegra, la de tu cuñada y la vuestra.

Para reclamar la propiedad sobre la edificación, es un dato fundamental que se construyera la casa una vez casados, si lo estáis por régimen de gananciales, en principio se presume ganancial y tendrías también legitimación para incoar el expediente de segregación. Máxime si el dinero pagado para la edificación de la casa, procedió del salario de tu marido o del tuyo propio o incluso tú invertiste fondos propios en la obra.

Aunque esté escriturado como bien de la familia, real y técnicamente es un bien ganancial y estás legitimada para iniciarla, aunque os aconsejo que lo iniciéis los dos conjuntamente como bien matrimonial que es.

Por otra parte y respondiendo a tu cuñada, la mención bien de la familia, es una mención genérica que se refiere al conjunto de la familia, de la que como esposa, nuera y cuñada formas parte, luego también tienes una legitimación registral para iniciar el expediente.

Un saludo.
thomas is offline   Responder Con Cita
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