hola a todos,
en mi comunidad de vecinos, hasta este momento, se pagaban las cuotas de cada vivienda dependiendo del nivel de participacion del valor del inmueble, que segun tengo entendido es como debe hacerse y viene en la ley de la propiedad horizontal articulo 3. Se convoca una reunion para modificar esto y que todos los propietarios paguen lo mismo, dando igual el nivel de participacion.
Tengo 2 dudas, ¿alguien me podria decir si esto se puede hacer? y de ser asi, ¿haria falta mayoria absoluta o simple?
muchas gracias a todos y un saludo
Las cuotas de participación se establecen en el título constitutivo de la propiedad horizontal. Su modificación requiere unanimidad. (Doy por hecho que todo lo relativo a la convocatoria de la Junta de Propietarios se hace conforme a las previsiones de la Ley de Propiedad Horizontal, es decir, que el acuerdo es válidamente adoptado).
Por otro lado, decirte que si algún propietario no está de acuerdo, debe exigir que su voto negativo conste con su nombre en el Acta.
Por último, decirte que para impugnar los acuerdos de la Junta, el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Pués bien, esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos a la alteración de las cuotas de participación.
Un saludo, [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ] [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ]