Impuesto circulacion vehiculos ¿Indefensión?
Hola: El dia 5 de mayo pagué 170 Euros por el Impuesto Municipal de Circulacion de Vehículos. El día 15 el vehiculo causa baja ante la Jefatura Provincial de Trafico, La Ordenanza Municipal establece que procede el prorrateo cuando el vehículo cause baja difinitiva y al amparo de esta norma solicito la devolución de 6 meses que asciende a 70 Euros. Al presentar el escrito de solicitud, verbalmente, me deniegan lo solicitado alegando que el vehículo sufrió una tranferencia de titularidad el dia 5 de Mayo y que desde esa fecha deje de tener derechos. ( Transferí el vechiculo a favor de mi hijo, previo pago de las oportunas tasas y para que se benefiara del plan de ayudas, causando la baja definitiva el día 15 de Mayo, fecha en que cumplió los 10 años preceptivos).
Si reclamo yo, como titular del vehículo en el momento del pago del impuesto, me dicen que se hizo una transferencia y si reclama mi hijo le dicen que él no pagó nada.
He exigido el registro del escito y una resolución motivada; pero la respuesta ya me la han adelantado verbalmente.
No conozco jurispridencia al respecto. El Contencioso resulta inviable por su coste y tengo mis dudas de si puedo acudir al Defenso del Pueblo con este tema.
Agradecido de antemano. Saludos.
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