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Antiguo 22-07-2010, 19:24:16   #1
bj9
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Jul 2010
Mensajes: 1
Predeterminado Segregación en suelo no urbano

Ante todo agradeceros vuestro tiempo.
Vivo en Torrent (una ciudad de valencia) y mi situación es la siguiente. Somos dueños de unos terrenos heredados en suelo no urbano, y debido a sus dimensiones necesitamos segregarlo, al menos una parte. Tras preguntar en el ayuntamiento (a un aparejador) nos ha dicho que debido a su estado de suelo no urbano (y que seguramente seguirá así) no puede producirse dicha segregación. No obstante no nos ha dado ninguna solución, yo he leído posibles opciones como la licencia de innecesariedad, o una licencia que se encuentra en la propia web de torrent para parcelación de terrenos. El terreno que queremos segregar es aproximadamente de 1.000 m². Si no es mediante licencias, ¿habría alguna otra forma de poder segregarlo?
Por último decir que el terreno no es para edificar ninguna vivienda, es únicamente para tener el terreno perteneciente.
Sé que cada comunidad se rige de una determinada forma y comprendería la ambigüedad de vuestra respuesta.
Gracias de nuevo y un saludo.

Última edición por bj9 fecha: 22-07-2010 a las 19:32:26. Razón: Error
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Antiguo 02-11-2010, 09:19:07   #2
Nexlegal
Member
 
Fecha de Ingreso: Jul 2009
Mensajes: 39
Predeterminado Es así.

Mire usted: La parcelación, segregación o división en lotes mas pequeños de parcelas en suelo rústico, o suelo no urbano, o con mayor precisión "suelo no urbanízable" son actos controlados por la Ley Urbanística con la finalidad de evitar una parcelación por debajo de la parcela mínima. Esto se hace porque existen determinadas causas que de manera objetiva que sí se producen inducen a la formación de núcleos de población en suelo rústico no destinado a ello. Si usted quiere segregar por debajo de la parcela mínima no podrá porque la parcela mínima en cada provincia está fijada en función de los tipos de cultivos y de forma que cultivando la superficie mínima con los cultivos propios de la zona se obtengan rentas agrarias suficientes para dar sustento a una familia.
El registrador de la propiedad no le permitirá segregar sin la licencia o autorización municipal. A lo que usted se refiere con la "innecesariedad de obtener la licencia de segregación" viene a ser lo mismo ya que si usted desea segregar una parcela que cumple con la parcela mínima, el Ayuntamiento no le dará una licencia o autorización en sentido favorable, sino que le dará un certificado en el que conste la "innecesariedad"; Pero esa innecesariedad solo se produce cuando usted cumple la Norma (la parcela mínima); Si no la cumple el certificado será denegatorio.
Por tanto únicamente podrá segregar o dividir la parcela en régimen de proindiviso y todo esto con independencia de que usted declare que no quiere edificar en esa parcela, porque luego podría usted venderla y el nuevo propietario sí querría edificar sin que le vincule la declaración que usted hizo cuando se segregó.
Gracias. Espero haberle ayudado.
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