1.3 Derecho Objetivo, Subjetivo, Positivo y Vigente parte 2
Gómez Meza Fernando
507
1.3 Derecho Objetivo, Subjetivo, Positivo y Vigente
Derecho Subjetivo
Son las facultades o poderes concedidos al pretensor de la norma jurídica, son los permisos derivados de la norma, concedidos a una o varias personas. Son las facultades jurídicas que los individuos poseen frente a los demás individuos, o bien frente al Estado, del cual forma parte; derecho subjetivo es la posibilidad de obrar, de hacer alguna cosa o de exigir que otro realice u omita una determinada conducta en su provecho.
“Los dos conceptos anteriores se implican recíprocamente, no hay Derecho objetivo que no conceda facultades, ni derecho subjetivo que no proceda de una norma”, o que sea reconocido por ésta.
2) FIGUEROA, Alfonso E. Naciones de Derecho Positivo. México. Harla. 1992. p. 40
|