Cita:
Empezado por ton
Matrimonio en régimen de gananciales, en vida y de común acuerdo, testan sus bienes a sus dos hijos dejando a cada uno bienes concretos y nombrando contador partidor.
Fallecido el primer conyugue con este testamento, el que le sobrevive decide cambiar el suyo y dejar a uno de sus hijos como heredero universal y al otro la legitima, sin especificar que bienes entrarían en cada caso.
¿Como se resuelve que bienes corresponden a cada heredero si con el segundo testamento ambos estarían presentes en cada propiedad, bien como heredero universal o como parte de la legítima no especificada?
¿Sobre el primer testamento, como podría repartir el contador partidor si se le comunica que la otra mitad de cada bien no corresponde en su totalidad al mismo adjudicatario?
Los bienes son terrenos y casas.
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Lo contador valora monetariamente cada bien y la parte que corresponde a cada heredero del mismo, así como el valor monetario del monto total de la herencia de cada uno. Luego los herederos deben ponerse de acuerdo para repartirse esos bienes y compensar con dinero la diferencia si no fuera posible un reparto que permita de primeras la partición, se firma el acuerdo y cada cual renuncia a la parte del bien que le corresponda al otro y la diferencia se paga en metálico. Por ejemplo, heredan dos pisos, pero en uno a usted le toca el 30% y al otro el 70%, y en el otro piso a usted le toca el 50% y al otro la otra mitad. Puede usted dejarle el 100% de un piso y quedarse con el 80% de otro, o pagarle ese 20% restante del segundo piso para quedarse usted con el 100%.