Juicio del Juicio Verbal

Presentada la demanda y admitida, el Juzgado entregará una copia al demandado y se les citará a un juicio o vista que se celebrará ante el Juez. A este acto deberá acudir con todas las pruebas que considere oportunas y que no haya presentado con el escrito de demanda, pudiendo también solicitar en dicho acto el interrogatorio de las partes o la práctica de otras pruebas.

El demandado aportará en el acto de la vista del juicio los documentos, medios, instrumentos, dictámenes e informes relativos al fondo del asunto que pretenda hacer valer.

Si usted necesita que el Juzgado cite a algún testigo, deberá pedirlo en los tres días siguientes a la citación e indicar su nombre completo y dirección para que aquél se encargue de citarle.

En el juicio, el demandante deberá exponer las razones o argumentos en que basa su reclamación y el demandado sus alegaciones. También deberán proponer las pruebas que consideren oportunas y se practicarán las que el Juez admita. En el caso de que el Juez no admita alguna de las pruebas propuestas, deberá formular protesta para que, en el caso de interponer recurso contra la sentencia, pueda solicitar su práctica ante la Audiencia Provincial.

Celebrado el juicio, el Juez tiene un plazo de diez días para dictar sentencia.

INASISTENCIA AL JUICIO

Si el demandante no asiste al juicio, se le tendrá por desistido, se le impondrá el importe de las costas y se le condenará a indemnizar al demandado que haya comparecido si éste lo solicita y acredita los daños y perjuicios sufridos.

Si no asiste al demandado, se le declarará en rebeldía y continuará el juicio sin su asistencia