Efectos de la presentación

La presentación, en los lugares de registro señalados, de los escritos, solicitudes y comunicaciones dirigidos a cualquier administración pública, produce efectos en cuanto al cumplimiento de los plazos de los ciudadanos.

La entrada de las solicitudes y comunicaciones en las oficinas de registro del órgano competente para su tramitación procede, como efecto, el inicio del cómputo de los plazos que haya de cumplir la Administración y, en particular, del plazo máximo para notificar resolución expresa.

En caso de discrepancia entre la fecha de registro de entrada y la de redacción del documento –siendo ésta posterior- debe primar aquélla, en principio.

La fecha de recepción de documentos no puede condicionarse por la Administración a su constancia en el expediente cuando su existencia se acredita por el administrado mediante el recibo legalmente expedido.