BANKINTER CONSUMERJURÍDICONORMATIVA

El YO aislado del cartesianismo

LA CASUALIDAD INTERNA

El YO aislado del cartesianismo

En la noche del 10 de noviembre de 1619, un soldado duerme en los cuarteles de invierno de Ulm, Le domina una gran inquietud. Cuando sueña que un fuerte viento le lanza contra el muro de una Iglesia, un resplandor súbito le muestra el verso de Ausonios, «quod vitae sectabor iter».

No tendrá duda sobre el camino a seguir. Con esta decisión se daba el primer paso en la más formidable conquista del pensamiento. Aquel soldado ofrecerá batalla a la gran limitación con que la escolástica impedía la generalización de la esencia que afirmaba como existente en todos los hombres, pero con intensidad distinta, «a causa de la materia que la contrae ». El poder de pensar es un dato que se enuncia prescindiendo de toda significación o extensión material. La identificación por la forma, enteramente separada de la materia, es por fin un dato interno que puede generalizarse sin temor. La unidad interna del hombre está definida con claridad irreprochable por el genio cartesiano.

«Cada uno de nosotros observa en sí mismo que piensa y que al pensar puede excluir de sí toda otra sustancia que piense. Podemos concluir que cada uno de nosotros es distinto de toda sustancia pensante y de toda sustancia extensa. Y aunque Dios mismo uniese tan estrechamente un cuerpo con un alma que fuese imposible unidos más y con estas sustancias así unidas formase un compuesto, concebimos que, a pesar de esta unión, quedarían siendo dos realmente distintas porque cualquiera que fuese la relación que entre ellas estableciese Dios, no puede Este desprenderse del poder de separararlas que tiene o del de conservar una de ellas sin la otra, y las cosas que Dios puede separar o

conservar por separado son distintas»

La superioridad de esta idea frente a las que le precedieron históricamente, no sólo descansa en lo que supone de hallazgo definitivo en la búsqueda de un principio capaz de imponerse sin limitaciones y con absoluta generalidad, sino en que al asegurar su independencia respecto a la materia, levanta el «estado de sitio» a que había sido conducido el pensamiento y abre a todos los hombres el camino

de  la sabiduría. «La igualdadmentre los individuos calificada por su pensamiento, es más firme, porque la independencia de la sustancia pensante respecto a la materia capaz de turbada, autoriza a concebir una igualdad absoluta. Es más precisa, pues la igualdad, descartado o eliminado todo accidente, está limitada estrictamente al poder de pensar. Es más rica, pues permite atribuir a todo hombre, no obstante las divergencias, el camino de la sabiduría y la razón».»

Está ante nosotros esta «conciencia» recién descubierta. Conocemos su enunciación, como principio interno común y general en todos los hombres pero no su estructura. No será necesario ningún esfuerzo en esta nueva indagación, porque tan claramente como el principio mismo ha sido enunciado se nos ofrecerá su estructura.

Esta «conciencia» duda de todo lo que no sea su propio pensamiento. Su duda se extiende incluso a las cosas que «más claras y evidentes» nos parezcan. Sólo comprueba el pensamiento mismo con exclusión de toda otra cosa o de todo otro sujeto. «Mi conciencia es mi pensamiento y en esta conciencia mía no figura otro elemento distinto a mi yo». La conciencia está a solas con el yo. Esta es su estructura. Es una unidad dominada por el Yo solitario. 

Semejante estructura, que en el pensamiento político condujo al individualismo, lleva el pensamiento jurídico al derecho natural en su construcción científica. Antes de que el hombre estuviese provisto de una dimensión interna consistente no podía fundamentar la soberanía política como no podía fundamentar el derecho. Ahora el derecho puede concebirse como emanación de la naturaleza humana. Es el dictado de «la recta razón».» Pero esta naturaleza, esta razón, esta «conciencia», consiste en el Yo único, con exclusión de todo otro sujeto.

Este principio, así entendido, es el que recoge el derecho escrito continental a través del movimiento codificador europeo, inspirando las normas que definen la responsabilidad, enlazándola indisolublemente a la culpa. Como tal principio, suponía una constante del mismo signo que la causalidad suficientemente apto, como tal constante, para formar parte de una construcción rígida y analítica. Su dinámica no podía conducir más que a resultados siempre idénticos a causa de la absoluta unidad de su estructura. Si hubiese dado cabida a otros elementos distintos al Yo, su dinámica habría proporcionado resultados diversos a consecuencia de la multiplicidad de situaciones a que habría de llevar el entrelazamiento dialéctico del conjunto. El principio, privando de multiplicidad a su estructura, eliminaba la incertidumbre de lo vario y distinto permaneciendo siempre en la constante certeza de su unidad.

Fuente: La responsabilidad sin culpa

José Luis Heredero. Ediciones Nauta.1964

Deja una respuesta