JURÍDICOTARJETAS REVOLVING

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura.

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura, cinco partes de un todo que se empieza a hacer habitual en los juzgados.

Vamos a intentar desgranar el problema de conseguir anula una tarjetas
revolving y explicar la posición de cada una de sus partes que hemos citado.
Empezamos con el cliente.

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura,

EL CONSUMIDOR DE TARJETAS REVOLVING (DE DINERO…)

La parte débil, el que ha firmado, o se ha dejado convencer para firmar,
una tarjeta de crédito revolving, en un supermercado, una estación, o por
teléfono.

El poder de convicción de los operadores telefónicos o los comerciales pudo
con su debilitada fuerza de voluntad tras todo el día trabajando, tres horas dando
vueltas en el hipermercado o una copiosa comida familiar.

Firmó todo lo que le pusieron delante si leer una palabra, si es que firmó
algo, y tras un tiempo recibió un plástico en su casa.

Puede que lo metiera en la cartera o en el fondo de un cajón, se dijo a si
mismo, ok, tengo una tarjeta de crédito, ahí se queda.

Es posible que le cargaran alguna comisión de mantenimiento o de emisión de
tarjeta, poco dinero, no le dio mayor importancia, pensó en reclamar, pero
pasaron los días y se le borró de la mente.

Pero las cosas se pusieron complicadas, la economía comenzó a ir mal, y el
consumidor pensó para sus adentros:

         
yo tenía una
tarjeta de crédito…, tiro de ella hasta que las cosas vayan bien.

Y tiró, sin saber muy bien el coste económico de salvar los muebles vía crédito rápido.

Cuando empezaron a llegar recibos, los fue pagando religiosamente, no era
mucho y todavía podía ir pagando, la situación no era tan mala como para no
poder hacerse cargo de la cuota que le habían puesto por defecto, 50 euros los
toleraba su economía.

Pero un día se paró a pensar y descubrió que ya llevaba mucho tiempo
pagando recibos y esa deuda nunca bajaba, y ahí empezó a preguntarse qué
intereses pagaba en su tarjeta de crédito revolving, y ahí entran los intereses abusivos en tarjetas de
crédito.

LOS INTERESES ABUSIVOS EN TARJETAS DE CRÉDITO REVOLVING

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura,

 

Son apenas cuatro cifras en un papel, y ahora ya ni eso, en un pdf, que te
envían cada mes a tu dirección de correo electrónico, hay que ahorrar costes,
salvar el planeta, pensar en la humanidad y el medio ambiente…

Cuatro cifras precedidas por un acrónimo, TIN o TAE, Tipo de interés
nominal o Tipo anual equivalente.

Cuatro cifras con una coma en medio, la primera casi siempre es un 2, mala señal, le puede seguir un cero, un
uno, un dos…suele ser algo así:

TIN: 24,00%

TIN: 24,50%

O

TAE: 27,56 %

TAE: 28,94 %

El consumidor lo ha visto muchas veces, pero es un consumidor medio, sin
estudios de economía, o de derecho, no sabe muy bien qué eso del TIN o el TAE,
solo ve lo que le toca pagar, tampoco ha entrado a analizar cuánto va a
principal y cuánto a intereses,

-¿Hacer una simulación del crédito
revolving?, chico, eso es muy complicado, usar una excel?, eso qué es lo que
es??

La TIN y el TAE, dos formas de ver el porcentaje anual que pagas por el
dinero que has pedido a crédito, y no es normal, es abusivo, porque por más que
la entidad que emite tu tarjeta de
crédito revolving
se afane en decir que hay mucho riesgo en estas
operaciones, ese tipo de interés duplica, con creces, lo que se paga por los
créditos similares en el mercado.

Lo viene a ser el precio normal del dinero.

Párate un momento a pensar a cuánto interés pagas la hipoteca, un uno, un
dos, un tres?, compara con la TAE de una revolving.

EL SISTEMA REVOLVING EN LAS TARJETAS DE CRÉDITO

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura,

Hasta ahora tenemos un consumidor, al que le han vendido una tarjeta de
crédito, con unos intereses muy altos.

Aquí hay que hacer una salvedad, UNA
TARJETA REVOLVING NO ES UNA TARJETA DE CRÉDITO CORRIENTE.

Las tarjetas revolving o revolventes, funcionan de una manera singular.

·        
Cuando
tienes una de estas tarjetas de crédito la emisora fija un límite de crédito,
modificable. Esto es, conformes vas gastando te lo aumenta, para que puedas
seguir gastando. Siempre que vayas pagando la cuota, claro está.

·        
También te
fija por defecto una forma de pago concreta, bien un porcentaje de lo gastado
(3%, 5%, 7%…), o bien una cuota fija (50 €, 60 €, 100 €…)

·        
Lo curioso
es que conforme pagas, vuelves a tener disponible el principal (parte de la
deuda) que hayas pagado.

·        
También
sucede que, si con tu cuota no alcanzas a pagar los intereses que generas,
estos se suman a la deuda y vuelven a generar intereses, anatocismo se llama en
derecho.

·        
El interés
se recalcula cada mes en función de cómo esté la deuda.

Tienes una tarjeta revolving con límite de 2000 euros, por simplificar,
diremos que los gastas de una vez.

El tipo de interés de esta tarjeta es un TAE del 28% anual, no ese 2% del
que te hablaron en el súper.

Te han fijado por defecto una cuota de 60 € al mes.

Hagamos las cuentas.

2000 € por 28% de interés TAE: 560 €, esto es lo que les debes en intereses
anuales, más el principal, claro está.

46,6 € es lo que tienes que pagar de intereses cada mes por esos 2000 € que
te has gastado, solo de intereses remuneratorios. Los intereses mensuales.

60 € es tu cuota mensual

13,4 € es lo que vas a reducir la deuda cada mes

Ves lo que va a pasar?, por simplificar, te diré que dividas 13,4 € entre
2000 €, coge la calculadora del móvil y hazlo, luego sigue bajando.

Te da sobre 149, verdad?, ahora divide entre 12, te da 12 con algo, bien,
esos son los años que vas a tardar en pagar tu tarjeta.

No es exacto, obviamente, conforme vayas pagando cuotas el interés
descenderá y pagarás más deuda, pero no creas que vamos muy desencaminados.

Eso de tener de nuevo el crédito disponible es muy goloso.

LA USURA EN LAS TARJETAS DE CRÉDITO REVOLVING

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura,

Muchos antes que yo harían cuentas similares a las que acabo de exponer.

Muchos de ellos seguramente recordaron que en España sigue vigente la Ley
de Represión de la Usura, en los inicios del siglo pasado se hacían auténticas
barbaridades con el dinero y los préstamos, y un señor muy inteligente,
Azcárate, pensó que era apropiado tener una ley que frenara los abusos, grande
Azcárate!.

¿Pero qué entendemos por usura?, vamos a hacer un copia y pega de la citada
Ley:

Artículo 1.º

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule
un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente
desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que
resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por
el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado
de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga
recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean
su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio,
dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.

Ahí lo tenéis, primer párrafo, primera frase:

«Interés notablemente superior al normal del
dinero», lo que hemos comentado antes, si los préstamos al consumo están
al nueve, un 24 % es notablemente superior, por poner un ejemplo.

Eso es usura, estar 10 años pagando una tarjeta es
usura, devolver 3 ó 4 veces lo que has pedido prestado, es usura.

DE LOS ABOGADOS DE TARJETAS DE CRÉDITO REVOLVING

Abogados, consumidores, tarjetas revolving, intereses abusivos y usura,

Hemos llegado al punto en el que se hace necesaria la
presencia de un abogado de tarjetas de crédito, buff, que pereza,
abogados…ya, te entiendo, estudie tarde y antes de ser abogado necesité a
uno, somos un mal necesario.

Si quieres reclamar la nulidad de tu tarjeta de
crédito
, seguramente no te quede otra que contar con un abogado que sepa de
tarjetas de crédito
, depende del camino que escojas la ley te obliga a ello,
también a contratar a un procurador.

Qué es lo que va a hacer el abogado de tarjetas de
crédito?, defenderte, claro está.

Empezará por pedir la nulidad del contrato, que esa
letra tan pequeña, ni con lupa se puede leer. 

Al juez no le va a gustar tener
que hacer una ampliación del contrato para ver qué firmó el incauto consumidor.

Una vez ampliado el contrato empezará a buscar
cláusulas nulas, que habrá unas cuantas. De ahí pasará a buscar argumentos
jurídicos para tumbar esas cláusulas y poco a poco ir eliminando intereses
abusivos, comisiones, cargos, seguros innecesarios, etc…

El gran triunfo del abogado será conseguir la nulidad
de los intereses remuneratorios
, los que hacen que tu deuda se vuelva poco
menos que perpetua, si lo consigue solo deberás devolver lo que pediste
prestado, lo mejor viene ahora.

Depende del tiempo que lleves con la tarjeta de
crédito revolving
puede suceder que la emisora te deba diner.

Si, lo has entendido bien, te tendrían que devolver todo lo que has pagado de más.

Eso no es un triunfo, es un triunfazo!.

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